jueves, 30 de octubre de 2008

Que pague el Gobierno, no los trabajadores

Las recientes reuniones mantenidas entre el gobierno de la ciudad y las centrales sindicales CC.OO. y U.G.T., con el objeto de alcanzar un acuerdo para el abono del porcentaje del complemento específico y la deuda de los fondos adicionales, nos han demostrado la incompetencia de esta administración en materia de negociación colectiva.

El Gobierno de la ciudad, presidido por D. Juan Vivas, por conveniencia propia, ha decidido crear una mesa de negociación ilegal al margen de la existente ya en la ciudad, para encontrar una salida a la pésima gestión presupuestaria, llena de derroches y gastos innecesarios, que hemos sufrido a lo largo del año en curso....


Esta central sindical ya dejó claro en su momento que no cedería un céntimo de euro durante las negociaciones, del mismo modo que remarcó que la gestión de personal de la ciudad era innegociable, ya que es obligación del Gobierno establecer los cauces necesarios para aprovechar al máximo los recursos de la ciudad, luego no tiene ningún sentido incluir el compromiso de la administración de mejorar la gestión de recursos humanos en un acuerdo o pacto, a no ser, que eso signifique que hasta ahora lo han estado haciendo mal a propósito.

Por otro lado a esta central sindical no se le puede “vender la moto” de la supuesta ilegalidad del abono de los fondos adicionales, pues el limite del 1% de la masa salarial se establece solo para las pagas extraordinarias y no para estos fondos, que debían abonarse a lo largo de este año, según el acuerdo de Diciembre de 2007. Si no se paga dentro del año 2008 será por otros motivos, pero en ningún caso hay motivos legales para no hacerlo.

Del mismo modo existen otros puntos en el acuerdo de 2007 que quedan por cumplir y nadie sabe que ha sido de ellos. Como por ejemplo, las negociaciones de las ofertas públicas de empleo de 2007 y 2008, o la negociación del convenio colectivo y el acuerdo regulador. Deben ser temas que no interesan a esta administración.

Todo esto fue transmitido al gobierno por esta central sindical, desde entonces se iniciaron las negociaciones paralelas e ilegales con las centrales CC.OO. y U.G.T. dejando al margen a CSI-CSIF, para de este modo crear el ambiente propicio para una negociación que deje fuera los intereses de los trabajadores y se centre en otros intereses bien distintos.

Además en estas negociaciones de “caros” despachos no se levanta acta de lo hablado, ni se hace mención alguna a las concesiones de las partes, no quedando claro entonces a que renuncian los interlocutores o que aceptan, es por esto que la ley, que se esgrimen por algunos cuando les conviene, establece los foros en los que se deben negociar todos los aspectos que afecten a los trabajadores y del mismo modo esta articulado quienes son los interlocutores autorizados para estas negociaciones.

Por todo lo anterior esta central sindical ha puesto los hechos en manos de su asesor jurídico, el prestigioso abogado, D. Francisco Javier Izquierdo, para plantear una demanda, por la lesión que se ha producido a los derechos de los trabajadores y el quebranto de la ley de la libertad sindical, la cual establece como han de ser las negociaciones y en que circunstancias.

1 comentarios:

Anónimo dijo...

Teneis razón el único foro legalmente establecido por el Estatuto Básico del Empleo Públio, para negociar es la Mesa Negociadora, integrada por las tres centralessindicales y los órganos competentes de la Administración, y deberá tratar las condiciones de los puestos de trabajo, incrmenetos retributivos, la amortización de plazas que implica la modificación de uno o varias Oferta Públicas de Empleo y esto no se ha hecho. El preacuerdo alcanzado por dos centrales sindicales se ha hecho con un órgano que no es competente y fuera del organo colegiado habilitado para ello.
Los fondos adicionales, si deberían abonarse en el mes de diciembre, ya que no se incluyen en 1% de la masa salarial.
¿qué naturaleza jurídica tiene el fondo adicional a abonar en el mes de enero?, pues complemento específico, no puede ser otro ¿y este sí es legal?

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